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Atractivo de las Sociedades en Panamá

 Lo que atrae a muchos a constituir sociedades anónimas en Panamá es:

 

 1.  Panamá es la Jurisdicción más popular y confiable despues de Hong Kong para la formación de sociedades anónimas tipo offshore y fundaciones de intererés privado tipo offshore.

 

2.  Nada de Reportes o Impuestos para No Residentes.

 

3.  Secreto Corporativo:  todos los libros (el de Actas y Acciones) se mantienen 100% bajo leyes de privacidad y confidencialidad.

 

4.  Dueño Anónimo:  los certificados de acciones pueden ser Al Portador.  Al Portador quiere decir, el que sostiene entre sus manos el certificado.  El Portador es igual al Dueño.

 

5.  El Capital no tiene que ser pagado:  no hay pago físico, ni tiempo límite de pago.  Quizás nunca lo tenga que hacer.

 

6.  Los Directores (Presidente, Secretario y Tesorero) pueden ser personas naturales o personas jurídicas como otras sociedades anónimas diferentes al dueño.  Los cuales pueden ser renombrados en cualquier tiempo.  Nosotros le ofrecemos a nuestros clientes la opción de utilizar nuestros Directores para sus sociedades anónimas.  En estos caos que el cliente lo solicite, le garantizamos nuestro servicio con proveerlo con las cartas de renuncia de cada uno de nuestros Directores para que los puedan reemplazar en cualquier tiempo.

 

7.  No se obliga a tener reuniones o sesiones de reuniones de los Directores y Accionistas en ningún tiempo.  De haber una reunión, ésta puede celebrarse en cualquier parte del mundo por medio de Poderes.

 

8.  Libros de la sociedad:  la ley establece que es obligatorio que tenga libro de registro de  Actas y libro de registro de Acciones.  Ambos los puede tener en cualquier parte del mundo.

 

9.  Impuesto Anual: es el costo anual por mantener vigente su sociedad anónima.  El costo es de $300.00.  Existen dos fechas al año para el pago de este impuesto.  Fechas: 15 de enero y 15 de julio de cada año, esto depende de la fecha de registro de su socieadad.  Si usted pasa la fecha límite pagará $50.00 de multa y la segunda vez pagará $ 300.00, por lo que debe estar muy atento a pago de este impuesto anual.

 

10.  No tiene que venir a Panamá para solicitar el registro de su sociedad, ésta se puede solicitar desde cualquier parte del mundo.

 

11.  Sociedades Anónimas Offshore en Panamá no requieren de Licencia Comercial o Aviso de Operaciones para operar internacionalmente.

 

12.  Si usted posee ya una Sociedad Extranjera puede redomiciliarla en Panamá y viceversa.